Regulación de la Visa Temporal para "Nómadas Digitales"
Estimados clientes,
Les informamos que el Consejo Nacional de Inmigración publicó la semana pasada la Resolución Normativa No. 45, que regula la emisión de la visa temporal y la autorización de residencia para los llamados "nómadas digitales".
La ley define a los nómadas digitales como "el inmigrante que, de manera remota y utilizando tecnologías de la información y comunicación, puede llevar a cabo sus actividades laborales para un empleador extranjero".
Sin embargo, es importante destacar que esta nueva Resolución Normativa prohíbe expresamente la realización de actividades laborales para un empleador en Brasil o la regulación de un permiso de residencia para el ejercicio de actividades laborales bajo otra normativa del Consejo Nacional de Inmigración.
Los puntos destacados son los siguientes:
Para acreditar el estatus de "nómada digital", se deben presentar documentos relevantes, incluyendo prueba de medios de subsistencia con un monto mensual igual o superior a USD 1,500.00 (mil quinientos dólares) o disponibilidad de fondos bancarios por un monto mínimo de USD 18,000.00 (dieciocho mil dólares).
Las actividades previstas en la Resolución Normativa pueden ser realizadas por el inmigrante como visitante, debiendo observarse las normas aplicables al período de estancia y a los requisitos de visa, según la nacionalidad.
El período inicial de residencia del inmigrante con la visa temporal será de hasta 1 año, renovable por un período igual, siempre que se presenten los documentos requeridos por la ley.
El interesado que se encuentre en territorio nacional podrá solicitar el permiso de residencia sin necesidad de salir del país.
Si se detecta alguna irregularidad en el procedimiento, se iniciará el proceso de cancelación del permiso de residencia.
Si tienen alguna duda relacionada con este asunto, no duden en ponerse en contacto con nuestro equipo.
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